¿Cómo obtener una visa de cónyuge cuando el peticionario no vive en los Estados Unidos?
¿Cómo obtener una visa de cónyuge cuando el peticionario no vive en los Estados Unidos?
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Hay situaciones en las que un ciudadano estadounidense se casa con una persona extranjera y, después de un tiempo, desea mudarse a los Estados Unidos. A esto se le llama restablecimiento de domicilio.
El ciudadano estadounidense debe presentar una solicitud al gobierno estadounidense, el Formulario I-130 para que el cónyuge extranjero pueda solicitar una Green Card o una visa de inmigrante. Este no es un proceso complicado, pero el desafío es presentar el Formulario I-864, Declaración jurada de apoyo.
¿Qué es la declaración jurada de apoyo?
Esto demuestra al USCIS (Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos) que el cónyuge extranjero no se convertirá en una carga pública en el futuro. Esto se puede eliminar con el patrocinador que envía el Formulario I-864, Declaración jurada de apoyo, en nombre del inmigrante previsto.
Requisito de domicilio en EEUU
Además de presentar los formularios mencionados anteriormente, el ciudadano estadounidense debe tener un domicilio en los Estados Unidos. Esto significa que la residencia principal debe estar ubicada en este país y que planea mantenerla en el futuro previsible.
Esto es crucial no ignorarlo, ya que puede afectar al solicitante que califica como patrocinador del cónyuge extranjero. Por lo tanto, USCIS le solicitará que demuestre la intención de restablecer un domicilio en los EEUU.
Lo que esto significa es que debe presentar evidencia de que está en el proceso de regresar a los Estados Unidos y convertirlo en su hogar permanente. La prueba puede incluir la apertura de una cuenta bancaria, la transferencia de fondos a los EEUU, la realización de inversiones en el país, la aceptación de una oferta de trabajo o la búsqueda activa de empleo.
También puede solicitar un número de seguro social, votar en las elecciones, firmar un contrato de arrendamiento o comprar una residencia, establecer facturas de servicios públicos a nombre del patrocinador y otros. Nuevamente, un abogado de inmigración puede ayudarlo a decidir qué evidencia funcionará mejor en su caso.
Por ejemplo, puede considerar que pruebas adicionales, como renunciar a su trabajo en el extranjero, cerrar cuentas con instituciones extranjeras y vender activos, como su casa o vehículo, beneficiarán su caso.
¿Qué sucede si mi domicilio está en el extranjero pero una organización estadounidense me emplea?
Ciudadanos estadounidenses que viven en el extranjero pero aún se consideran domiciliados en los EEUU si trabajan para:
- El gobierno de los EEUU (incluidas las Fuerzas Armadas, las embajadas, las oficinas consulares u otras agencias de los EEUU);
- Una institución estadounidense de investigación reconocida por el Secretario de Seguridad Nacional;
- Una empresa o corporación estadounidense dedicada total o parcialmente al desarrollo del comercio exterior y el comercio con los Estados Unidos, o una subsidiaria de dicha firma o corporación;
- Una organización internacional pública en la que Estados Unidos participa por tratado o estatuto;
- Una denominación religiosa que tenga una organización de buena fe en los Estados Unidos si el empleo en el extranjero involucra el desempeño de la persona de funciones sacerdotales o ministeriales en nombre de la denominación; o
- Una denominación religiosa u organización misionera interdenominacional tiene una organización genuina en los Estados Unidos si la persona está comprometida únicamente como misionero.
Además, podría estar temporalmente en el extranjero pero seguir domiciliado en los EEUU. Esto es común entre estudiantes, trabajadores subcontratados y voluntarios de ONG.
La inmigración puede ser un proceso complicado si intenta hacerlo solo. Sin embargo, si tiene un abogado de inmigración con experiencia que lo guiará a través de todo y lo que necesita precisamente, el proceso será mucho más fácil y estará en su camino para patrocinar a su cónyuge extranjero en poco tiempo.
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