La salida voluntaria de Estados Unidos como beneficio migratorio
La salida voluntaria de Estados Unidos como beneficio migratorio
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¿Firmar la salida voluntaria de Estados Unidos es la mejor opción y le reportará un beneficio migratorio? Esto es lo que algunos abogados desesperados por terminar con un caso de inmigración le recomiendan a sus clientes que están en el país de manera ilegal, indocumentados o cuya situación migratoria es incierta.
La realidad es que la salida voluntaria no es un beneficio migratorio, sino un acuerdo entre el gobierno de los Estados Unidos y el inmigrante que está en situación ilegal. A través de este acuerdo, el inmigrante ilegal firma su salida del país, se compromete a abandonar Estados Unidos en un plazo determinado y cubre los gastos de regreso a su país de origen.
Además de la presión de algunos abogados incapaces de encontrar una mejor alternativa para sus clientes, son los oficiales de inmigración quienes intimidan al inmigrante a firmar esta salida, bajo el argumento de que será algo beneficioso y que es la última alternativa que les queda.
Algunos abogados que no están debidamente capacitados para guiar al inmigrante no les sugieren otras opciones para que este pueda permanecer dentro de suelo estadounidense mientras se evalúa su caso. Es por esto que recomiendan una salida que parece fácil y la más adecuada, pero que puede acabar con el sueño de establecerse en Estados Unidos del inmigrante.
¿Qué es realmente la salida voluntaria de Estados Unidos?
En un documento informativo, la Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración (EOIR) del Departamento de Justicia de los Estados Unidos explica que con el recurso de salida voluntaria el inmigrante podrá acordar con el gobierno de ese país el abandono del territorio en un tiempo específico para evitar una orden de deportación. Esta institución oficial explica que existen dos tipos de salida voluntaria: una pre-audiencia y otra posterior a la audiencia.
Si el inmigrante desea firmar la salida voluntaria pre-audiencia deberá comunicar su intención al principio de su caso de inmigración. Mientras que, en el segundo caso, tendrá que notificar su decisión durante la audiencia final, pero será más difícil que se le otorgue.
Como beneficios de la firma de la salida voluntaria, indican que en el expediente del inmigrante no aparecerá una orden de deportación. Estas órdenes pueden impedir al migrante retornar a Estados Unidos por un período de hasta diez años o descalificar para obtener ciertos beneficios migratorios.
Este departamento oficial del gobierno dice que tras salir voluntariamente de Estados Unidos, el inmigrante “podrá tener más oportunidades de regresar legalmente”, tales como solicitar una visa desde su país de origen o mediante la solicitud de un familiar que resida legalmente en Estados Unidos.
Pero lo que no comentan son las desventajas de firmar la salida voluntaria. Justamente una de ellas es que haber optado por esta medida puede afectar, a futuro, la obtención de una visa para entrar a Estados Unidos, pues será un elemento que los oficiales consulares evaluarán al momento de evaluar tu solicitud.
Otra desventaja es que el migrante deberá cubrir por sus propios medios los gastos de viaje desde Estados Unidos. Por otra parte, si el inmigrante no sale voluntariamente dentro del plazo de tiempo que firmó en el acuerdo, podrá enfrentar “consecuencias severas”.
A eso se le debe sumar que quien opte por una salida voluntaria podrá quedar por fuera de la posibilidad de solicitar otros beneficios migratorios para entrar a Estados Unidos, e incluso, esto podría afectar en sus viajes futuros a otros países.
¿Quién califica y quién NO califica para firmar una salida voluntaria?
En cualquiera de las dos etapas (antes de visitar un juez de inmigración o antes del inicio de la audiencia final) la mayoría de los inmigrantes califican para solicitar firmar una salida voluntaria de Estados Unidos, pero hay excepciones.
Si el inmigrante ha sido condenado por un delito agravado (como por ejemplo, asesinato, violación, tráfico de drogas, secuestro, terrorismo, pornografía infantil, entre otros) o es considerado deportable por razones de seguridad nacional, entonces no podrá optar para firmar el acuerdo de salida voluntaria de Estados Unidos en ninguna de las fases.
Aquellos inmigrantes sujetos a la deportación por actividades terroristas o porque son considerados un peligro a la seguridad nacional no podrán hacer esta petición.
¿Qué documentos me pedirán para solicitar una salida voluntaria?
Son varios los documentos que tendrá que presentar ante un juez de inmigración para tramitar la salida voluntaria. A continuación, algunos de los requeridos:
- Registro de empleo, facturas y servicios públicos o certificados de cursos o actividades que demuestren el tiempo que lleva viviendo en Estados Unidos.
- Copias de tarjetas de residencia o documentos de miembros de su familia que son residentes permanentes legales o ciudadanos de EEUU.
- Extractos bancarios que comprueben que posee la capacidad financiera para pagar el boleto de regreso a su país de origen
- Cartas de familiares, amigos, empleadores y líderes religiosos que den constancia de que usted es una persona de buen comportamiento.
- Documentos y pasaportes para poder hacer efectiva su salida de EEUU y regresar a su país de origen.
¿Aceptarán de inmediato mi petición de salir voluntariamente de Estados Unidos?
Antes de visitar un juez de inmigración, usted podrá pedir firmar su salida voluntaria y deberá hacerlo de inmediato o en un plazo de 120 días. En este caso, le podrán solicitar el pago de una fianza, mostrar los documentos del viaje y pagar su viaje. Esta solicitud deberá hacerla ante un oficial de inmigración antes de asistir al tribunal.
Pero si usted pide firmar la salida voluntaria después de que ya iniciaron los procedimientos de inmigración, pero antes de la audiencia final, el juez de inmigración podría concederle la salida voluntaria si cumple con las siguientes condiciones:
- Haber estado presente físicamente en Estados Unidos durante más de un año.
- Haber demostrado “buen carácter moral” los cinco años previos a la solicitud de salida voluntaria.
- No haber sido condenado por un delito agravado.
- Demostrar que tiene dinero para pagar su billete de avión y sus documentos de viaje
- Posiblemente tendrá que pagar una fianza de más de $500.
¿Cuáles son las consecuencias que afrontaré tras abandonar los Estados Unidos con la firma de la salida voluntaria?
- Si usted firma la salida voluntaria de Estados Unidos tras haber estado en ese territorio por más de 180 días, no podrá regresar a los Estados Unidos durante tres años.
- Si usted sale voluntariamente después de haber vivido en Estados Unidos más de un año sin estado legal no podrá regresar al país hasta diez años después.
- Si usted reingresa ilegalmente a Estados Unidos después de una salida voluntaria esto le podría ocasionar una penalidad de dos años y más de $1.000 de multa.
- Si un migrante pidió la salida voluntaria y no sale del país, una vez se cumple el último día de plazo, la orden de salida se convertirá automáticamente en una orden de deportación. Tampoco será elegible para solicitar otros tipos de amparos por un período de diez años y podría tener que pagar multas de hasta $5.000.
¿Cómo saber si la salida voluntaria de Estados Unidos es lo que necesito?
Uno de los mayores engaños que le dicen al migrante es que si firma la salida voluntaria podrá retornar más fácilmente de manera legal a Estados Unidos en un futuro. También, se le promete que la adopción de esta medida eliminará su historial de inmigración, lo que supuestamente le facilita un posterior ingreso a esta nación
Como se explicó antes, hay riesgos de firmar la salida voluntaria y, finalmente, esta podría entorpecer aún más la posibilidad de que el migrante regrese legalmente a Estados Unidos
La mejor recomendación si usted está siendo deportado es que insista en ver a un juez de inmigración. Y, para conocer cuál es la mejor alternativa que se adapta a su caso, necesita recibir la asesoría de abogados especializados en la materia, quienes le orientarán durante todo el proceso a tomar la decisión que sea más conveniente.
Lamentablemente, lo que ocurre en las cortes de inmigración es todo lo contrario: muchos migrantes acuden solos o acompañados por abogados sin experiencia migratoria, que solicitan la salida voluntaria sin explicarle a los clientes que no es un beneficio y que se exponen a una serie de consecuencias y riesgos si la aceptan.
En la mayoría de los casos, es mejor no solicitar la salida voluntaria, salvo en aquellos en los que el inmigrante no tenga una defensa posible contra la expulsión de Estados Unidos, como la retención, asilo, NACARA, la cancelación de la propia expulsión o una solicitud familiar pendiente.
La diferencia entre escoger la mejor alternativa de permanencia en Estados Unidos u optar por la salida voluntaria la marca el recibir asesoría especializada, con un equipo que pueda orientarlo en todo el proceso.
Consulte con Kannan Law, abogados de inmigración en San Diego, California, para saber si le beneficia una salida voluntaria de Estados Unidos. No deje al azar o al criterio de personas que no saben cómo pueden ayudarle una decisión tan importante.