Los residentes permanentes condicionales pueden ajustar su estado bajo una nueva base
Los residentes permanentes condicionales pueden ajustar su estado bajo una nueva base
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Si anteriormente solicitó un estado de residente permanente legal de manera condicional (I-751) y su estado finalizó, ahora puede volver a solicitar un ajuste de estado a través de un nuevo matrimonio con un ciudadano estadounidense o una petición de uno de sus hijos, por ejemplo.
De acuerdo con los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos, USCIS, en su Manual de Políticas con respecto al ajuste de estatus, un extranjero al que se le otorgó el estatus de residente permanente legal de manera condicional (CPR) no era elegible para ajustar su estado de acuerdo con las nuevas disposiciones de INA 245 (a). Sin embargo, esto ahora ha cambiado.
«La Junta de Apelaciones de Inmigración adoptó una interpretación limitada de la regulación que implementa esta barra de ajuste, declarando que la barra ya no se aplica si USCIS termina el estado de CPR del extranjero», puede leer en el sitio web de USCIS.
Esto significa que un extranjero cuya CPR se canceló previamente puede ajustar su estado si tiene una nueva base para el ajuste, si es elegible para ajustar, o si el USCIS tiene jurisdicción sobre la solicitud de ajuste.
Dado que las Green Card emitidas para cónyuges extranjeros son normalmente condicionales, son válidas solo por dos años y después de eso, podrían obtener un estatus permanente legal si demuestran que su matrimonio se realizó de buena fe. Si los inmigrantes no presentaron una solicitud para «Eliminar las condiciones de residencia permanente basada en el matrimonio» porque se divorciaron o lo olvidaron, tendrían que esperar hasta que un juez de inmigración confirme la terminación de la CPR antes de volver a solicitarla. Sin embargo, esto ha cambiado. Desde ya, si tienen una nueva base, pueden ajustar su estado en función de eso.
Ajuste de estado para un residente permanente condicional
Cuando el residente permanente condicional quiere ajustar su estado nuevamente, no puede volver a utilizar la petición de inmigración asociada con el ajuste o la admisión de CPR anterior, debe tener una nueva base para ajustar, que puede ser un matrimonio con un ciudadano estadounidense u otro tipo de petición.
Además, debe saber que los extranjeros que fueron admitidos con la visa K1 (prometido (a)) sólo pueden reajustar su estado en función de la aprobación de la Petición para un Familiar Extranjero (Formulario I-130) presentada por el mismo ciudadano estadounidense que presentó el Petición para Prometido (a) Extranjero (a).
Si se acepta su ajuste de estado en una nueva base, el tiempo que pasó en su estado de CPR anterior no contará para el requisito de residencia para fines de naturalización.
Si está buscando ajustar su estado en San Diego, California, le recomendamos que busque la orientación de un abogado de inmigración con experiencia. Hay muchos beneficios de contratar un abogado de inmigración, como saber cuáles son todas sus opciones disponibles y la documentación que necesitará, así como evaluar si hay algo importante que debe saber o hacer antes de presentar una solicitud. ¡Póngase en contacto con el bufete de abogados Kannan hoy!