¿Puedo solicitar la ciudadanía mientras mi I-751 está pendiente?
¿Puedo solicitar la ciudadanía mientras mi I-751 está pendiente?
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El formulario I-751 es la Petición para Eliminar las Condiciones de Residencia que se utiliza cuando un residente permanente condicional que obtuvo el estatus por matrimonio desea solicitar la eliminación de las condiciones de su estado de residente permanente. Si presentó este formulario y todavía está pendiente, aún puede solicitar la ciudadanía.
Si usted es un residente permanente condicional y aún no ha recibido su Green Card de 10 años, aún puede naturalizarse como ciudadano estadounidense si cumple con los requisitos de elegibilidad. El formulario que debe presentar para obtener la ciudadanía es el N-400 y el USCIS (Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos) no lo aprobará hasta que haya aprobado primero el I-751.
Como residente condicional, su tiempo para el requisito de residencia continua a los fines de la naturalización comienza tan pronto como se le otorga la residencia, que generalmente es tres años después de obtener la residencia permanente condicional.
¿Qué es la residencia continua?
Residencia continua significa que el solicitante ha mantenido una residencia dentro de los Estados Unidos por un período de tiempo específico. Un residente permanente casado con un ciudadano estadounidense debe esperar tres años para solicitar la naturalización. Además, debe haber permanecido casado con el mismo ciudadano estadounidense durante los últimos tres años y su cónyuge debe haber sido ciudadano estadounidense también durante los últimos tres años para cuando presente el formulario N-400.
Su residencia continua comenzó en la fecha que aparece en su Green Card después de la etiqueta «Residente desde».
¿Cómo presentar el formulario N-400 con un I-751 pendiente?
Junto con su formulario N-400, debe informar al USCIS en una carta adjunta sobre su situación donde explica que tiene un I-751 pendiente. Adjunte también evidencia de que ha estado viviendo en unión matrimonial con su cónyuge estadounidense durante los últimos tres años y no olvide incluir una copia de su aviso de recibo con la solicitud. Sin embargo, un abogado de inmigración podrá ayudarlo, ya que este tema puede ser complicado con muchos detalles a tener en cuenta.
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