¿Qué es la Visa SIJ Juvenil o la clasificación Jóvenes Inmigrantes Especiales?
¿Qué es la Visa SIJ Juvenil o la clasificación Jóvenes Inmigrantes Especiales?
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La Visa SIJ Juvenil se otorga a menores no acompañados que se encuentran en los Estados Unidos sin ningún documento legal o estatus. Consiste en un alivio a través del cual la madre o el padre del niño cree que lo mejor para el hijo o hija es que permanezcan en el territorio de los Estados Unidos y que la reunificación con sus padres no es posible.
De acuerdo con la información del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos, USCIS, si se encuentra en los EEUU y necesita protección de un tribunal de menores porque fue abandonado, abusado o descuidado por un padre, puede ser elegible para la clasificación SIJ (Jóvenes Inmigrantes Especiales).
«Si se le otorga la clasificación SIJ, puede calificar para la residencia permanente legal (que también se conoce como una Green Card).», se lee en el sitio web de USCIS. Sin embargo, consulte la siguiente tabla porque debe cumplir con todos los requisitos legales para ser elegible:
Debe: | ¿Cuándo? |
Ser menor de 21 años | Solo en el momento en que presente la petición SIJ (Formulario I-360). |
Estar viviendo actualmente en los Estados Unidos. No puede solicitar esta visa desde fuera del país para venir a los Estados Unidos en la clasificación SIJ. | Tanto en el momento en que presenta la petición de SIJ como en el momento en que USCIS toma una decisión sobre su petición. |
No estar casado. Esto significa que usted: Nunca he estado casado; o Estuvo casados anteriormente, pero el matrimonio terminó en anulación, divorcio o muerte. | Tanto en el momento en que presenta la petición de SIJ como en el momento en que USCIS toma una decisión sobre su petición. |
Tener una orden válida de la corte juvenil emitida por una corte estatal en los Estados Unidos que determine que: Usted depende de la corte, o está bajo la custodia de una agencia o departamento estatal o de una persona o entidad designada por la corte; No puede reunificarse con uno o ambos de sus padres debido a CUALQUIERA de los siguientes: Abuso,Abandono,Descuido oUna base similar bajo la ley estatal; Y No le conviene regresar al país de nacionalidad o la última residencia habitual de usted o sus padres. Nota: Algunos tribunales de menores solo pueden emitir una orden de un tribunal de menores si es menor de 18 años. | Tanto en el momento en que presenta la petición de SIJ como en el momento en que USCIS toma una decisión sobre su petición. EXCEPCIONES: No es necesario que esté actualmente bajo la jurisdicción del tribunal de menores que emitió su orden si la jurisdicción del tribunal finalizó únicamente porque: Usted fue adoptado o colocado en una tutela permanente; o Has sobrepasado la edad que corresponde a la jurisdicción del tribunal de menores. |
Ser elegible para el consentimiento de USCIS. Esto significa que debe haber buscado la orden de la corte juvenil para obtener alivio del abuso, negligencia, abandono o una base similar según la ley estatal y no principalmente para obtener un beneficio de inmigración. | En el momento en que USCIS toma una decisión sobre su petición. |
Tener el consentimiento por escrito del Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS) / Oficina de Reasentamiento de Refugiados (ORR) a la jurisdicción de la corte si: Actualmente está bajo la custodia de HHS, Y La orden de la corte juvenil también cambia su estado de custodia o ubicación. | En el momento en que USCIS toma una decisión sobre su petición. |
«Aunque los tribunales estatales tienen la autoridad de proporcionar ciertas protecciones para los niños en virtud de la ley estatal, no tienen la autoridad para administrar o hacer cumplir las disposiciones de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA). Solo el USCIS puede otorgar o negar la clasificación SIJ o la residencia permanente legal (una Green Card)”, explica el USCIS en su sitio web.
Cómo solicitar la clasificación SIJ
Para solicitar la clasificación SIJ, deberá presentar los siguientes formularios y la documentación de respaldo ante el USCIS:
- Formulario I-360, Petición para Amerasian, Widow(er) o Special Immigrant;
- Evidencia de su edad. Debe enviar uno de los siguientes (también enviar una traducción certificada al inglés, si corresponde):
- Certificado de nacimiento;
- Pasaporte;
- Documento de identidad oficial emitido por un gobierno extranjero, como una cartilla o una cédula; o
- Otros documentos que establezcan satisfactoriamente su edad.
- Órdenes válidas de la corte juvenil que hacen las determinaciones requeridas e incluyen o están respaldadas por evidencia de la base fáctica de las determinaciones de la corte.
- Consentimiento por escrito (PDF) del Departamento de Salud y Servicios Humanos de los EEUU (HHS) si está bajo custodia del HHS y la orden del tribunal de menores también cambia su estado de custodia o ubicación.
- Formulario G-28, Aviso de entrada de comparecencia como abogado o representante acreditado, si tiene un abogado o representante acreditado que lo represente.
¿Puedo obtener una Green Card después de recibir la visa de clasificación SIJ?
Si se le otorgó la clasificación SIJ, la respuesta es sí, puede ser elegible para solicitar una Green Card. Deberá presentar el Formulario I-485, Solicitud de registro de residencia permanente o Ajuste de estatus, que también se conoce como solicitud de residencia legal permanente o LPR.
El USCIS publicó en su sitio web los siguientes requisitos para obtener una Green Card si se le otorgó la clasificación SIJ.
- Usted presentó correctamente el Formulario I-485, Solicitud para registrar residencia permanente o ajustar estado;
- Usted fue inspeccionado y admitido o inspeccionado y puesto en libertad condicional en los Estados Unidos;
- Usted está físicamente presente en los Estados Unidos al momento de presentar su Formulario I ‑ 485;
- Usted es elegible para recibir una visa de inmigrante;
- Una visa de inmigrante está disponible de inmediato para usted cuando presente su Formulario I-485 y en el momento en que USCIS tome una decisión final sobre su solicitud;
- Ninguna de las barras aplicables al ajuste de estado se aplica a usted;
- Usted es admisible en los Estados Unidos para la residencia permanente legal o es elegible para una exención de inadmisibilidad u otra forma de alivio; y
- Usted merece el ejercicio favorable de la discreción de USCIS.
USCIS generalmente toma decisiones sobre las peticiones de SIJ dentro de los 180 días, que es aproximadamente seis meses a partir de la fecha de presentación. Sin embargo, debe tener en cuenta que existen restricciones para el ajuste y motivos de inadmisibilidad que podrían impedirle obtener una Green Card.
Las barras a una Green Card están relacionadas con haber cometido un acto particular o una violación de la ley de inmigración, según el USCIS. Sin embargo, si se clasificó como un SIJ, está exento de todas las barras, excepto el terrorismo.
En cuanto a los motivos de inadmisibilidad, le recomendamos que consulte el Manual de Políticas donde podrá saber si será admisible en los Estados Unidos o no. Si todo suena complicado, no se preocupe, un abogado de inmigración podrá guiarlo durante todo el proceso y ayudarlo a determinar si se lo considera admisible o no.
En caso de ser declarado inadmisible, es posible que pueda presentar una exención de los motivos de inadmisibilidad u otra forma de reparación. Contacte a un abogado de inmigración para más detalles. Si se encuentra en San Diego, California, Kannan Law está listo para ayudarlo y responder a todas sus preguntas sobre inmigración y la clasificación SIJ o visa de menores.