USCIS permitirá a afectados por el castigo de 3 y 10 años permanecer en EEUU
USCIS permitirá a afectados por el castigo de 3 y 10 años permanecer en EEUU
Cualquier persona que resida en Estados Unidos (EEUU) de manera ilegal, es decir, sin haber sido autorizada por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, según sus siglas en inglés) está cometiendo un delito conocido como presencial ilegal. Y a pesar de que llegar al país es un gran logro por sí mismo, incurrir en esto puede revocar temporal o permanentemente su posibilidad de quedarse.
Ahora bien, existen ciertas excepciones que pueden apelar por la restitución de su legalidad para posteriormente optar por la anhelada Green Card (de cumplir con todos los requisitos). Y, a propósito de ello, una demanda reciente logró cambiar un poco la forma en que se aplican los castigos por presencial ilegal.
Gracias a ella, ahora algunas personas a esperas de ajuste de su estatus migratorio no tendrán que abandonar el país de manera inmediata. En cambio, podrán permanecer dentro del territorio mientras transcurre su castigo. A continuación, explicamos con más detalle.
Presencia ilegal en EEUU y sus consecuencias
EEUU es uno de los destinos más mencionados entre aquellos que buscan más oportunidades y una mejor calidad de vida. Y, en efecto, es una opción adecuada para ello; pero no es suficiente querer ni simplemente tener los fondos para viajar. Antes de y durante el proceso, es necesario conocer bien las políticas migratorias del país y cumplir cabalmente con cada una de ellas.
Decimos que también durante porque incluso habiendo obtenido la visa y habiendo entrado de manera legal, hay que cumplir ciertas normas. Por ejemplo, los límites de tiempo en lo que respecta a la salida del país y la duración de los viajes. No hacerlo puede conllevar situaciones muy desagradables que pueden afectar la posibilidad de optar por una residencia permanente o simplemente legal. En general, podemos referirnos a ellas como presencia ilegal e inadmisibilidad en EEUU.
Definimos presencia ilegal como ese período en el que una persona reside en EEUU sin haber pasado por los trámites típicos de admisión no haber recibido un permiso de ingreso al llegar. O, siendo más concisos, una persona tiene presencia ilegal en el país cuando su estadía no ha sido autorizada por el Secretario.
Cada año, se toman alrededor de 30,000 decisiones basadas en la presencia ilegal de inmigrantes dentro del país. Puede resultar un poco irónico considerando que existe una reglamentación muy clara respecto a ello; pero, como es común, no todos están informados al respecto y, cómo no, muchos pasan por situaciones que los llevan a esta condición no deseada.
Castigo de los 3 y 10 años por presencia ilegal
Para comprender mejor esto, lo mejor es ponernos en contexto y para ello nos valemos de lo establecido en la Ley de Inmigración y Nacionalidad de EEUU; dentro de ello, encontramos dos fallas sujetas a un tipo particular de prohibición de entrada al país.
Prohibición de 3 años
Cuando una persona se encuentra en EEUU durante más de 180 días seguidos, pero menos de 365 días y sale de este. Aquí se aplica una prohibición de 3 años para una próxima entrada al país.
Prohibición de 10 años
Cuando una persona se encuentra en EEUU de manera ilegal durante más de un año y luego abandona el país. En este caso, la prohibición de entrada al país que se aplica es más extensa: de 10 años.
Una demanda colectiva contra la USCIS
El 25 de marzo de 2022, el Proyecto de Derechos de los Inmigrantes del Noroeste (NWIRP) presentó una demanda colectiva contra la interpretación actual de USCIS respecto a los castigos de 3 y 10 años que se aplican para la presencial ilegal en EEUU.
La demanda, presentada en el Distrito Oeste de Washington, desvela una incongruencia respecto a la forma en que ciertas personas con visa debían atravesar dichos castigos. Bajo la interpretación previa de la institución, debían esperar fuera de EEUU durante todo el período de inadmisibilidad o mantener la legalidad durante todo el período correspondiente.
Pero esto no parece aplicar para personas que ingresaron al país con visas debidamente tramitadas durante su período de inadmisibilidad por presencia ilegal.
Los logros de la demanda
Aclarar todo esto era importante para comprender mejor el contexto y los logros de la demanda. Ahora los afectados no estarán obligados a abandonar EEUU durante su período de inadmisibilidad como en el pasado. Esto es positivo considerando lo difícil que puede resultar para muchas personas retomar los trámites para volver estando en otro país.
Por si fuera poco, la USCIS tampoco rechazará las solicitudes de ajuste de estatus en los casos en los que la persona estuvo en EEUU durante el período de inadmisibilidad sin una exención. Además, los solicitantes que fueron rechazados antes pero que cumplen con los requisitos establecidos en la demanda colectiva puede reabrir sus casos para que se les aplica la nueva interpretación de la regla.
La demanda colectiva aboga por personas que presentaron un ajuste de estatus y que entraron de nuevo en EEUU durante el período de inadmisibilidad de tres o diez años. Esto incluye dos niveles: que se les haya negado el ajuste de estatus por haber ingresado al país durante dicho período o haber presentado el Formulario I-601 titulado “Solicitud de exención de motivos de inadmisibilidad”. No aplica para casos en los que la prohibición de entrada haya sido permanente.
La interpretación aún puede cambiar
Vale destacar que no es nada fácil saber en qué casos específicos aplica el castigo de los 3 y 10 años. En general, se sabe que las personas que cruzaron la frontera sin haber recibido una autorización empiezan a acumular presencia ilegal desde ese mismo momento. La situación es diferente para quienes entraron con autorización o que obtuvieron una visa, pero que incurrieron en el delito desde la expiración del Permiso I-94, “Registro de Entrada/Salida”.
Se puede solicitar un perdón ante la institución, claro está, para poder continuar con la legalización una vez culminado el castigo. Sin embargo, no es fácil de obtener y, de hecho, no todos lo reciben. Por ende, el logro de la demanda es significativo y facilitará los ajustes de status para las personas que cumplan con dicho perfil.A pesar de ello, se esperan nuevas modificaciones de la interpretación de la ley de parte de USCIS, por lo que aquellos en esta situación deben permanecer atentos. Mientras tanto, Kannan Law recuerda que su equipo de abogados está disponible para cualquier asesoría legal, o bien, para asumir casos migratorios complejos. Si tiene alguna duda sobre este u otros temas relacionados, no dude en contactarnos.